La renta de cuarta categoría es un impuesto que se paga por los ingresos que reciben las personas naturales quienes desempeñan sus actividades laborales sin alguna relación de dependencia. Entonces, dicho de manera más simple, si una persona recibe ingresos por su trabajo de forma independiente, entonces debe pagar la renta de cuarta categoría.
Aquí
también se incluye a los trabajadores del Estado que reciben ingreso por medio
de un Contrato Administrativo de Servicios (CAS). Asimismo, también comprende
los honorarios o estipendios de directores, consejeros regionales y regidores
municipales.
Suspensión de retenciones
Si
eres un trabajador independiente que genera rentas de cuarta categoría (emite
recibos por honorarios), bajo ciertas condiciones, puedes evitar la retención
del 8% del impuesto a la renta para montos mayores a S/ 1,500.00, solicitando la suspención de retenciones y pagos a cuenta de renta de cuarta categoría.
Condiciones
- Tus ingresos no superan los S/ 3,354.00 al mes y S/ 40,250.00 al año.
- Obtienes tus ingresos por funciones de director de empresas, síndico, mandatario o similares, y no superas los S/ 2,683.00 al mes, o S/ 32,200.00 anuales.
Ten en cuenta que, si no cumples estas condiciones,
debes presentar la declaración mensual y pagar el 8%. Este importe se conoce
como pago a cuenta. Para calcularlo, debes sumar tus ingresos de cuarta y
quinta categoría: trabajo independiente y dependiente, respectivamente.

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