LETRA DE CAMBIO
Definición:

Requisitos indispensables:
1. La denominación de
Letra de Cambio inserta en el mismo texto del Título y expresado en el mismo
idioma empleado documento en la redacción del.
2.
La orden pura
y simple de pagar una suma determinada.
3.
Nombre del que debe pagar (Librado).
4.
Indicación de la fecha de vencimiento.
5.
Lugar donde el pago debe
efectuarse.
6.
Nombre de la persona a cuyo cargo
debe efectuarse el pago (Beneficiario o Tomador).
7.
Fecha y lugar donde se emitió la
letra.
8. La firma del que gira la letra (Librador).
Funciones
- Medio de pago, sustituyendo el pago en dinero.
- Instrumento de crédito, garantizando un pago.
- Medio para obtener un crédito, mediante descuento bancario.
- Es la declaración del Librado (deudor) por la que asume la obligación de pagar al que tenga en su poder a su vencimiento la letra de cambio.
- Si el Librado no acepta o cumple la obligación el tenedor de la letra podrá dirigirse contra el Librador para reclamar el cumplimiento.
- Es la declaración contenida en la letra por la que el Librador transmite a otra persona los derechos de cobro.
- El endosatario adquiere la titularidad del crédito, se convierte en el portador de la misma.
- Salvo que se considere “ No Endosable” podrá transmitirse por
- aceptación y pago de la letra endoso en varias ocasiones.
- El endosante garantiza la frente a los que vayan adquiriendo con posterioridad y será imprescindible su firma.
- Es la declaración contenida en la letra que tiene como finalidad garantizar el pago de la letra.
- El Avalista asume con el Librado la responsabilidad del pago de la letra.
- El Avalista puede ser una o más personas.
- Se podrá ejercer acciones contra el avalista cuando una vez presentada la letra al cobro resulte impagada y se realice el protesto por falta de pago.
- Si el avalista paga la letra podrá exigirle al Librado o deudor de devuelva la suma abonada en su nombre.
- Es un acto notarial que sirve para acreditar que se ha producido la falta de aceptación o de pago de la letra de cambio.
- El protesto debe realizarse en los 8 días siguientes a la fecha de vencimiento de la letra.
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Interesante
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